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Alona Asesorías tributarias y contables

Cerrar bien, sin cola

Término de giro ante el SII

Cerramos tu empresa ante el SII: balance de término, impuestos finales y trámite completo. Primero revisamos qué hay pendiente y te decimos cuánto hay que pagar antes de partir —no a mitad de camino.

Revisión previa sin costo · Respuesta en menos de 1 minuto

Qué incluye el servicio

  • Revisión previa de lo que está pendiente
  • Regularización de declaraciones atrasadas
  • Balance de término del período final
  • Determinación de los impuestos finales
  • Presentación y seguimiento hasta el cierre

Por qué una empresa que no opera igual cuesta plata

Dejar de operar no es lo mismo que cerrar. Mientras el giro siga vigente, la empresa mantiene sus obligaciones: hay que declarar el F29 todos los meses aunque no haya movimiento, y presentar la declaración anual de renta aunque el resultado sea cero.

Si eso no se hace, las multas por no declarar se van acumulando mes a mes sobre una empresa que ya no genera ingresos, y el SII puede mantener anotaciones sobre el RUT. El término de giro es lo que cierra formalmente ese ciclo: declara el último período, paga lo que corresponda y termina la obligación de seguir declarando.

Mientras antes, más barato. Cerrar una empresa que dejó de operar el año pasado es un trámite acotado. Cerrar una que lleva cinco años sin declarar implica reconstruir y regularizar esos períodos primero, y eso es lo que encarece el trámite —no el cierre en sí.

Por qué el SII frena un término de giro

Casi nunca es por el formulario. Es por lo que quedó sin resolver antes de presentarlo.

Declaraciones sin presentar

Meses de F29 o declaraciones anuales que quedaron pendientes. Hay que ponerlos al día antes de poder cerrar.

Deudas tributarias vigentes

Impuestos, multas o intereses impagos. Hay que pagarlos o acogerse a un convenio antes de que el cierre avance.

Activos sin dar de baja

Bienes que siguen en la contabilidad y que hay que retirar, vender o adjudicar, con el efecto tributario que eso tenga.

Los cinco errores que hacen que el SII rechace el cierre →

Cómo funciona

La revisión previa es lo primero, y es sin costo. Sales de ahí sabiendo el costo total.

  1. Revisión previa, sin costo

    Miramos la situación del RUT en el SII: qué declaraciones faltan, qué deudas hay, qué anotaciones existen y qué queda en la contabilidad. Te pasamos el panorama completo y el costo total antes de que decidas.

  2. Regularización de lo pendiente

    Presentamos las declaraciones que falten y dejamos resuelto lo que bloquea el cierre. Este es normalmente el paso más largo, y el que define el precio.

  3. Balance de término

    Preparamos el balance del período final y determinamos qué pasa con los activos que queden: si se retiran, se venden o se adjudican, y qué impuesto genera eso.

  4. Impuestos finales y presentación

    Determinamos los impuestos que corresponden al cierre, te decimos el monto y presentamos el término de giro ante el SII.

  5. Seguimiento hasta el certificado

    Si el SII pide antecedentes adicionales, respondemos nosotros. El trámite termina cuando el cierre queda formalizado, no cuando se presenta el formulario.

Este trámite se cotiza aparte de la mensualidad. No entra en el plan de contabilidad mensual: tiene precio propio según tu caso. Lo decimos antes, no después —escríbenos y te lo pasamos en el momento.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no hago el término de giro de mi empresa?
La empresa sigue obligada a declarar todos los meses aunque no opere, y las multas por no declarar se van acumulando. Además, el SII puede mantener anotaciones sobre el RUT. Hacer el término de giro cierra formalmente esas obligaciones.
Mi empresa no opera hace años, ¿se puede cerrar igual?
Sí, pero primero hay que regularizar lo que quedó pendiente: las declaraciones de los meses no presentados y las deudas que existan. Ese trabajo de puesta al día es parte de lo que cotizamos, y depende de cuántos períodos haya que reconstruir.
¿Cuánto cuesta un término de giro?
Se cotiza aparte de la mensualidad, y el precio depende del régimen en que esté la empresa y de cuánto haya que regularizar antes. Escríbenos y lo revisamos antes de cobrarte nada.
¿Puedo cerrar la empresa si tengo deudas con el SII?
Las deudas tributarias hay que resolverlas como parte del cierre —pagándolas o acogiéndose a un convenio de pago—. No desaparecen por cerrar la empresa, y son una de las razones más comunes por las que un término de giro queda detenido. Lo revisamos al principio, para que sepas el costo total antes de empezar.

Cerremos bien tu empresa

Revisamos qué hay pendiente y te decimos el costo total antes de empezar, sin costo por la revisión.

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